Ley de puertos deportivos

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En su artículo único, el Real Decreto 2486/1980, de 26 de septiembre da aprobación al Reglamento para la ejecución de la Ley 55/1969, de 26 de abril, sobre Puertos Deportivos, cuyo texto se incluye como anexo.

 

El objetivo de la ley sobre Puertos Deportivos es agilizar la mecánica administrativa, plantear las bases para el aprovechamiento de los espacios disponibles en los actuales puertos del Estado, compatibilizar un servicio público eficiente con el derecho de propiedad y privatización de servicios, actualizar las técnicas especificas de construcción y explotación de los puertos deportivos y poner en consideración la defensa y conservación del medio ambiente.

 

En su articulado, la ley de puertos deportivos distingue entre los puertos y zonas deportivas construidas por el Estado, los puertos o zonas deportivas construidos por las Corporaciones Locales o el Consejo Superior de Deportes y los puertos deportivos construidos por Entidades náutico-deportivas y demás personas naturales o jurídicas de nacionalidad española.

 

Real Decreto 2486/1980, de 26 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Puertos Deportivos.

 

Actualización a 12/12/1989, incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 309, de 25 de diciembre de 1980, y la derogación de los artículos 6º, 25º y 30º.


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